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warning | La condición “sin recurso” sólo queda en suspenso cuando el impago sea derivado de una demanda y posterior decisión judicial que afecten al contrato comercial. |
Cobro de intereses:
Los intereses se calculan por anticipado "al tirón".
1. Contrato compra-venta. 2. El exportador envía a su cliente la mercancía. 3. Transmisión del efecto mercantil, documentos de utilización de un Crédito Documentario o factura con seguro de crédito. 4. Los documentos son presentados para el descuento. 5. Si fuera necesario, se accederia al Mercado de divisas para abonar en la divisa que corresponga. 6. La entidad financiera liquida los intereses por anticipado “al tirón” al cliente. 7. La entidad financiera envía comunicado al banco del importador informando la compra sin recurso y las instrucciones de pago, si el instrumento de cobro es diferente del de CDE. 8. Al vencimiento, el pago es remitido a la entidad financiera. |