DEFINICIÓN

Consiste en la “compra sin recurso” por parte de una entidad financiera al exportador, en las condiciones pactades, de los documentos correspondientes a una operación de exportación que acreditan un derecho de cobro en un vencimiento futuro. La condición "sin recurso" implica que nuestro banco se constituye en propietaria de los documentos presentados, y renuncia a formular reclamación alguna contra el exportador en el supuesto de que el importador o su banco incumplan la obligación de pago al vencimiento por cualquier motivo (insolvencia comercial o riesgo político).

Esquema

MODALIDADES Y CONDICIONES

Modalidades:
Compra de documentos correspondientes a utilizaciones de créditos documentarios de exportación o amparados por garantías bancarias recibidas del exterior.
Cobros aplazados de exportaciones aseguradas con pólizas de seguro de créditos instrumentados mediante efectos mercantiles o mediante facturas con seguro de crédito.
Condiciones:
Pago al exportador: al contado una vez se ha realizado la operación comercial y se han cumplido las condiciones establecidas por nuestro banco. Por lo general, se solicitará la conformidad del comprador sobre la mercancía recibida para evitar la discusión comercial.
Amortización del crédito: dependerá de las condiciones establecidas en el medio de cobro: crédito documentario de exportación, garantía bancaria u otro.

MOTIVOS DE ELECCIÓN DE ESTE SISTEMA DE COBRO

  • El exportador que ha pactado un cobro aplazado en sus exportaciones para reforzar su capacidad de venta, precisa liquidez y no quiere utilizar sus líneas de riesgo.
  • El exportador transforma el derecho de cobro aplazado en cobro al contado y transfiere a su banco los riesgos comerciales y políticos mediante la condición "sin recurso".

CARACTERÍSTICAS

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  • Empresas que exporten bienes y servicios y que precisan sacar de su balance partidas de la cuenta de clientes.
  • Empresas que tengan necesidades puntuales de liquidez.
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  • Cobra al contado sus exportaciones con pago aplazado, sin consumir sus líneas de riesgo, por lo que en el balance de la empresa pasa de realizable a disponible con las ventajas que representa.
  • No se refleja en el CIRBE del cliente.
  • Elimina la posibilidad de impago, ya que la entidad financiera asume el mismo mediante la condición "sin recurso".
  • Le permite mejorar sus ofertas comerciales y aumentar sus exportaciones a países con reducida disponibilidad de financiación, dado que cobrará al contado "sin recurso".
  • Elimina el riesgo de cambio si la operación es en una divisa diferente al euro.
warning La condición “sin recurso” sólo queda en suspenso cuando el impago sea derivado de una demanda y posterior decisión judicial que afecten al contrato comercial.

Cobro de intereses:
Los intereses se calculan por anticipado "al tirón".